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Ramírez & Asociados: ¿Se puede solicitar pareja de hecho sin convivencia mínima en Cataluña?

Ramírez & Asociados: ¿Se puede solicitar pareja de hecho sin convivencia mínima en Cataluña?

Una pareja que sostiene una relación de convivencia aunque no haya contraído matrimonio se denomina pareja de hecho. No obstante, la ley regula esta figura según sus respectivos derechos y deberes.

Cada comunidad autónoma tiene una legislación diferente para regular las parejas de hecho y, aunque algunas comunidades no poseen una ley, si existen decretos que la autorizan. En Cataluña, existe un reglamento legal para las parejas de hecho en la que se establecen los procedimientos para obtener este estado civil y todos los beneficios que conlleva. Los abogados especialistas en derecho civil, A. Ramírez & Asociados, ofrecen asesoramiento legal en estos casos.

¿Es posible formalizar una pareja de hecho sin convivencia mínima en Cataluña?

Actualmente, la ley ha avanzado hasta el punto de existir un registro público de parejas estables donde se inscriben las escrituras públicas, modificaciones o solicitudes de extinción relacionadas con esta figura legal.

En el caso de Cataluña, las parejas están reguladas por el artículo 234-1 del Código Civil Catalán. Establece que para que dos personas que convivan juntas y sean consideradas pareja de hecho deben convivir juntas durante más de dos años de manera ininterrumpida.

No obstante, también puede formalizarse una pareja de hecho sin convivencia mínima en determinados casos. En el primer caso, cuando la pareja tiene un hijo común durante la convivencia y, en el segundo caso, cuando la pareja formaliza la relación en escritura pública

Legalidad de las parejas de hecho sin convivencia

La ley actual permite que las parejas estén amparadas bajo la figura de pareja de hecho sin un tiempo definido de convivencia en los casos mencionados anteriormente.

Sin embargo, esta situación de las parejas de hecho sin convivencia puede acarrear algunos obstáculos, como por ejemplo, en el cobro de prestaciones o pensiones como la de viudedad o para obtener permisos laborales.

Aunque la pareja de hecho sin convivencia disfruta de los mismos derechos bajo la ley, algunas comunidades exigen un mínimo de un año de convivencia para recibir algunas compensaciones en caso de muerte, separación o herencia.

Otros casos como la unión con inmigrantes o extranjeros deben ser consultados con expertos legales para revisar la viabilidad y los derechos en caso de ser aceptado.

También es importante revisar la ley cuando la pareja tiene intereses económicos en común, como propiedades o negocios, pero no desea casarse, pero si dejar la herencia a los hijos en caso de fallecimiento.

Los trámites para obtener la pareja de hecho deben hacerse con tiempo y con el asesoramiento de expertos en la materia como los abogados de A. Ramírez & Asociados, quienes guían a lo largo de todo el proceso.

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